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Son varios los artículos que hemos ido publicando últimamente sobre cambios que la Dirección general de Tráfico está introduciendo. Ya sea en cambios de señales o mediante actualizaciones como sobre la que vamos a hablar hoy.
Nueva normativa
La DGT siempre ha hecho pública la obligatoriedad de llevar contigo de manera física el carnet de conducir y en caso de no hacerlo, recibías una sanción por parte de las autoridades correspondientes. Pues bien, esto se ha acabado.
Desde ahora, la Dirección General de Tráfico da una alternativa a enseñar el carnet de conducir físico. Se trata de la aplicación oficial que la misma DGT lanzó para móviles. Se llama “miDGT” y en ella puedes llevar tu carnet de conducir digital, igualmente válido que el físico.
Nuestro consejo
Desde Autopista.es te recomendamos que metas tus datos en la aplicación cuanto antes ya que, si algún día por lo que sea, olvidas tu cartera, pero no tu móvil, tendrás una manera de identificarte ante las autoridades igual de válida que el carnet físico. De esta manera no recibirás una multa.
¿De cuánto es la multa?
Si no llevas encima el carnet de conducir físico y tampoco tienes activado el digital en “miDGT”, tienes un problema y es que si las autoridades te lo han requerido, te impondrán una sanción que deberás pagar.
Aquí la diferencia entre no llevarlo encima y tenerlo caducado, es muy importante. En caso de haberlo olvidado y no tener activado el digital, se te impondrá una sanción leve con una sanción económica de 100 euros. Sin embargo, si has olvidado renovar tu carnet de conducir y las autoridades así lo detectan, deberás abonar 600 euros.