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Semana sí, y semana también, la DGT da el aviso en todas sus publicaciones en redes sociales: los nuevos Vehículos de Movilidad Personal (denominados VMP) deben someterse a una nueva regulación de uso y circulación, arriesgándose a nuevas multas que pueden, incluso, llegar a superar los 200 euros, aunque estas son las más comunes. Primero mediante una instrucción transitoria, y después mediante la recientemente aprobada nueva Ley de Tráfico, este tipo de vehículo nuevo ya tiene una regulación que debe conocerse y respetarse.
Y es que ante el aumento de accidentes y colisiones en los que intervienen en las ciudades estos nuevos VMP, la DGT considera fundamental respetar las nuevas normativas vigentes. Una de ellas, quizá la más importante, permite a los patinetes y otros vehículos personales “circular solo a una velocidad de entre 6 y 25 km/h”. Además, solo pueden circular “en ciudad, fuera de aceras y de zonas peatonales. Nunca en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos”. En todos estos casos la sanción es ya de 200 euros. La DGT asegura que “solo monopatines, patines o similares que circulen a paso de persona pueden hacerlo”.
Otras sanciones que se contemplan ya tienen que ver con el uso del teléfono móvil, por ejemplo: y es que, al tratarse de conductores de vehículos, tienen “prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación”, bajo sanción de 200 euros, según el artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación. Por este mismo motivo tienen también la obligación de someterse a pruebas de alcohol y drogas, “siendo sancionados, con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo”. Las multas van, en estos casos, entre 500 y 1.000 € si dan positivo por alcohol, o 1.000 € si se detectan drogas.
Los usuarios de VMP también tienen “prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido”: la multa también es de 200 € con el artículo 18.2 del RGC. Por su parte, además, los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente “solo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 euros de multa, según el artículo 9.1.5.E del RGC”.
A todo ello hay una recomendación que, aunque de momento no está regulada por la DGT, desde Tráfico sí se aconseja y se advierte que muchas Ordenanzas Municipales sí regulan su uso obligatorio y debe conocerse en cada municipio concreto. Hablamos del uso obligatorio de casco y otros elementos de protección, bajo sanciones que pueden ser de 200 euros.
Todas estas son, a grandes rasgos, las nuevas normas que debes conocer si vas a circular en un patinete eléctrico o en cualquier otro de los nuevos vehículos VMP que proliferan en las ciudades. ¡Atento!