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La DGT ya está a punto de aplicar una nueva prohibición genérica de adelantamiento en España

Una nueva normativa de prohibición de adelantamiento con mal tiempo ya contemplada en la última reforma del Reglamento General de Circulación comenzará a aplicarse en los próximos días en España en las autopistas y autovías y te detallamos cómo entrará en funcionamiento y en qué situaciones concretas.

Jordi Moral

4 minutos

La DGT ya está a punto de aplicar una nueva prohibición genérica de adelantamiento en España. Imagen generada por IA

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El nuevo Real Decreto 518/2026 ya está en vigor en España desde el pasado día 1 de octubre y entrando por todo lo alto. Decenas de nuevas normas se aplican desde entonces con un reformado Reglamento General de Circulación, su mayor modificación en décadas, que ha establecido importantes novedades en el uso de los Vehículos de Movilidad Personal, en las motos y en las regulaciones entre ciclistas y vehículos a motor.

Nuevas normativas como la prohibición de circular en moto con chanclas o sandalias, la reducción de velocidad en 20 km/h por debajo del límite de la vía de los coches que adelanten en carretera a ciclistas o la prohibición de circular con patinetes eléctricos si eres menor de 15 años son solo algunas de las regulaciones que ya están siendo sancionadas por parte de la DGT.

La climatología activará una nueva prohibición de adelantar con nieve en España

Sin embargo, una de las medidas estrella ya publicada también en el BOE, y teóricamente en vigor aunque no ha podido aún implementarse, está a punto de iniciar su recorrido legal en España: la nueva prohibición de adelantar en autopistas y autovías cuando haya nieve en la calzada. Aunque vigente, obviamente la climatología ha impedido hasta ahora su activación, una situación que va a cambiar probablemente ya en próximos días.

Infografía original de la DGT explicando cómo sería la nueva norma que prohibe ya adelantar con mal tiempo.

Y es que esta semana ya han empezado a caer las primeras nevadas de la temporada en España, sobre todo en zonas de alta montaña, pero la previsión es que poco a poco los primeros temporales empiecen a afectar a algunas autopistas o autovías del norte del país, dejando las primeras precipitaciones de este tipo sobre todo en algunos puntos del Pirineo. Ante este cambio meteorológico, hemos querido ya anticiparnos y explicaros, exactamente, cómo es la normativa que va a aplicar la DGT, porque las prohibiciones no serán ni mucho menos generales ni afectarán si solo caen unos pocos copos de nieve sobre las vías.

Qué dice el nuevo Reglamento General de Circulación

En concreto, el nuevo Reglamento General de Circulación estipula ya, en su artículo 32, un nuevo epígrafe que recoge por ley textualmente que, “cuando la nieve dificulte el tráfico en autopistas y autovías, es de obligado cumplimiento circular únicamente por el carril derecho (o el contiguo si hay tres o más carriles), quedando el izquierdo reservado de forma exclusiva para emergencias y máquinas quitanieves”.

Esta nueva regulación, por tanto, introduce como gran novedad la prohibición de adelantar por tanto en autovías o autopistas de dos carriles (o a usar el último de la izquierda si hay más carriles) en casos de nieve en la calzada con el objetivo de que no se obstaculice nunca la circulación y en casos de urgencias las maquinarias y los vehículos de emergencia puedan actuar. Pero, ¿basta con los primeros copos? No.

La restricción la aplicará la DGT solo cuando la nieve dificulte realmente la circulación

Para empezar, la restricción no será automática en caso de nieve, sino que la activará la DGT cuando la presencia de nieve dificulte ya de manera efectiva la circulación en la carretera. La lógica nos lleva a pensar que además Tráfico utilizará sus paneles de mensajes variables para informar a los conductores de las prohibiciones en cada vía.

Gráfico del RACE explicando también la nueva norma de la DGT que prohíbe ya desde octubre adelantar con nieve.

La prohibición será solo en autopistas y autovías

Además, y en segundo lugar, la prohibición únicamente será de aplicación, según indica el nuevo Reglamento General de Circulación, en autopistas y autovías. Las carreteras convencionales quedan al margen y mantendrán sus regulaciones anteriores sin modificación.

Queda expresamente prohibido el adelantamiento en vías de 2 carriles por sentido

La nueva normativa también exige que los conductores se mantengan obligatoriamente en el carril de la derecha cuando se active esta prohibición, quedando expresamente prohibido el adelantamiento incluso si el vehículo que circula por delante viaja a una velocidad muy reducida, algo habitual con estas condiciones de circulación.

En vías de 3 carriles o más, podrá usarse también el contiguo al derecho

Como excepción, eso sí, las calzadas que dispongan de tres o más carriles por sentido de circulación permitirán con esta nueva normativa usar el carril inmediatamente contiguo al derecho, solo éste, dejando el resto completamente despejados. En este caso pues se podrá adelantar, pero la prohibición será circular por el carril de la izquierda.

Las multas por adelantar con nieve en autopistas o autovías son ya de 200 euros, cuando la DGT active la prohibición.

La multa por no respetar esta nueva ley es de 200 €

Y, por último, lo más importante: ¿cuál es la multa? El nuevo Reglamento General de Circulación cataloga ya esta nueva norma como infracción grave, por lo que la sanción es económica de 200 euros, aunque sin pérdida de puntos del carnet de conducir. Si consideras abonar eso sí la multa durante los primeros 20 días naturales tras la notificación, podrás acogerte al descuento del 50% de pronto pago, por lo que la denuncia quedaría en un cobro de 100 euros.

 

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