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A la hora de contratar un seguro se sabe qué se debe pagar, pero no qué descuentos se pueden llegar a recibir en caso de no siniestralidad, las denominadas bonificaciones. Muchos usuarios, cuando han solicitado un informe sobre dichas rebajas, han comprobado que no hay ninguna normativa que obligue a las compañías a realizarlo.
El quiere acabar con esta falta de transparencia y ha recopilado una serie de leyes para empujar a estas compañías a que expliquen su política de precios.
Según han descubierto, el Real Decreto 7/2001, por el que se aprobó el Reglamento sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos de motor, establece que las entidades aseguradoras deberán expedir a favor del propietario del vehículo o del tomador del seguro, previa petición de cualquiera de ellos y en el plazo de quince días hábiles, "una certificación acreditativa de los antecedentes siniestrales en cuanto factor de la valoración del riesgo asumido por las entidades aseguradoras".