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Las distracciones al volante no hay duda de que se han convertido en objetivo número 1 de la DGT en su política de reducción de la siniestralidad, ya prácticamente al mismo nivel del exceso de velocidad. La última campaña ejecutada por los agentes de Tráfico para vigilarlas especialmente entre los pasados días 5 y 11 de octubre, de la que hemos conocido ahora resultados, demuestra claramente esta realidad y su incidencia en la conducción en carretera.
Multas de la DGT por usar el móvil, comer conduciendo, leer...
De hecho, en solo 7 días, la DGT ha podido controlar a un total de casi 423.000 vehículos, detectando hasta 9.245 distracciones al volante que han sido objeto de denuncia por parte de los agentes de Tráfico de la Guardia Civil. Es evidente que hoy el problema principal es el uso del teléfono móvil durante la conducción, que acumula hasta 4 de cada 10 multas por este motivo, contabilizando hasta más de 3.800 sanciones (el 43,3%). Y también lo es que conducir con cascos o auriculares conectados a reproductores de sonido se evidencia que también es una práctica ilegal relativamente habitual en España.
Sin embargo, más allá de estos preocupantes datos ya esperados, el balance de esta nueva campaña de la DGT sobre distracciones deja otras lecturas más interesantes y que evidencian una nueva política también de la autoridad a la hora de sancionar. Una, precisamente, que sigue habiendo numerosos conductores que aprovechan sus trayectos precisamente para leer, y que han acumulado hasta 257 denuncias. Otra, que hasta 83 personas fueron multadas además por comer al volante, algo totalmente prohibido y sobre lo que la DGT ya decidido ya no mirar hacia otro lado.
La DGT ya multa también por fumar al volante
Sin embargo, ahora queremos detenernos en otra infracción que la DGT empieza a confesar y a denunciar, y que ha sido en los últimos meses fuente de polémica: fumar al volante. Aunque esta práctica habitual no está expresamente prohibida por ley, desde Tráfico se confiesa en la última campaña que se han multado a un total de 29 conductores por fumar, lo que refleja que se están acogiendo a normativas del reglamento para poder denunciar un hecho que parecía que iba a incluirse en la última Ley Antitabaco, pero que finalmente en su aprobación no se llegó a reflejar. Lo que indica que no puedan multarte por ello.
Pero, ¿qué dice exactamente la ley? Aunque la normativa antitabaco no impida expresamente fumar al volante de coches particulares, sí lo hace en cambio a conductores de taxis y VTC, de coches de empresa compartidos y de vehículos de transporte de mercancías de uso rotativo, con multas ya estipuladas de 200 euros. Solo hay la excepción de permitir fumar en vehículos de uso profesional exclusivo de un solo trabajador.
Qué dice la ley sobre fumar en coches particulares
Sin embargo, a pesar de que la Ley Antitabaco no recoge expresamente la prohibición de fumar en coches particulares, los agentes de Tráfico, como demuestra ahora la DGT, también pueden sancionar esta práctica si consideran que la acción de fumar, encender un cigarrillo o vapear distrae y aparta la atención de la carretera. En este caso las multas serían también de 200 euros. No digamos ya si el conductor, o cualquier acompañante, arroja una colilla o cigarrillo por la ventana, donde la sanción ya es más grave y supone una multa de 500 euros, con la retirada de hasta 6 puntos del carnet de conducir.
¿Y en base a qué norma legal puede acogerse así la DGT para multar por fumar al volante en un coche particular? El artículo 17 del Reglamento General de Circulación (RGC) ya especifica expresamente que "se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía”.
Por su parte, el artículo 18 del Reglamento avanza otro paso más, indicando que “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”.
La OMS aboga por prohibir fumar dentro del coche
La DGT por tanto ya multa por una acción que hoy persigue especialmente la Organización Mundial de la Salud. Y es que la directora europea del Programa de Control del Tabaco de la OMS, Kristina Mauer-Stender, exige que las sanciones se extiendan por todos los países, asegurando que “prohibir fumar dentro del coche está justificado y basado en la evidencia”. En opinión de esta asesora de gobiernos, “desde una perspectiva de salud pública, las medidas que restringen el tabaquismo en ciertos espacios privados, especialmente dentro de los coches cuando hay niños u otras personas vulnerables presentes, están justificadas y se basan en evidencia. No existe un nivel seguro de exposición al humo de segunda mano. El humo del tabaco en ambientes cerrados, como los vehículos, puede alcanzar rápidamente concentraciones extremadamente altas, incluso con las ventanas abiertas”.