Quiero añadir gratis Autopista como fuente preferida de Google, para no perderme vuestras noticias.
Uno de los objetivos de la nueva Ley de Tráfico es evitar las distracciones al volante, endureciendo las sanciones, por ejemplo, por utilizar el teléfono móvil mientras conducimos. Este tipo de conductas estuvieron presentes en el 31 por ciento de los accidentes mortales durante el 2020 en España. La DGT se ha tomado muy en serio la vigilancia de las distracciones por parte de los conductores, donde el teléfono móvil es el gran y negativo protagonista.
Sin embargo, hay otro tipo de distracciones que se basan en pequeños gestos, muchos de ellos inconscientes, por los que nos podrían multar, aunque no te lo creas. Una simple discusión al volante con otro pasajero, sacar el brazo por la ventanilla… o el caso que nos trae, morderte las uñas, son gestos que no vienen reflejados como tal como infracciones en ninguna ley, pero que son fácilmente interpretables.
Los agentes de Tráfico pueden recurrir al Reglamento de Circulación, donde se especifica que los conductores deben estar “en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos” y que debe hacerse “con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno”. Traducción: los agentes pueden multarte si consideran que estás realizando cualquier minúsculo gesto que se pueda interpretar como que pone en peligro tu capacidad como conductor y para controlar tu vehículo.
Las sanciones a este respecto oscilan entre los 80 y los 100 euros, con posibilidad de reducción a la mitad por pronto pago. Y ojo, porque existe un precedente en España con un conductor que, en 2015 en Salamanca, fue multado con 80 euros por morderse las uñas mientras conducía, ya que se interpretaba que lo hacía “sin mantener libertad de movimientos”.